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26/04/2024
BASES PARA SOLICITAR SUBVENCIONES PARA EL IMPULSO DE LA ECONOMÍA CIRCULAR EN LOS SECTORES DEL TEXTIL Y LA MODA Y DEL PLÁSTICO
Dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se ha publicado la Orden TED/167/2024, de 20 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Fundación Biodiversidad (FB).
Serán entidades beneficiarias siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
1. Estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia.
b) Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b).
2. La condición para ser entidad beneficiaria deberá mantenerse hasta finalizada la liquidación de la inversión objeto de subvención.
3. Si durante la ejecución de la inversión y hasta que finalicen las actuaciones de control se produjese una operación de fusión, escisión y aportación o transmisión de rama de actividad de la que sea objeto cualquier entidad beneficiaria, la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad, mantendrá los derechos y obligaciones adquiridos previamente para la ejecución de la inversión siempre que se cumplan los criterios para mantener la condición de beneficiaria.
Entre las acciones subvencionables se encuentran las siguientes categorías:
a) Investigación y desarrollo.
b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización.
c) Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda.
d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.
El trámite para solicitar las subvenciones se realizarán de forma telemática a través de FB mediante el formulario correspondiente, junto al resto de documentación, realizándose conforme a las instrucciones y modelos, siendo obligatorio su uso, establecidos a efecto disponibles en la página web de la FB.
La convocatoria estará abierta desde el día 10 de abril hasta el 10 de junio de 2024.
Para más información se puede consultar los siguientes enlaces:
Orden TED/167/2024
Fundación Biodiversidad
Serán entidades beneficiarias siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
1. Estén legal y válidamente constituidas, y dispongan de un establecimiento o sucursal en España:
a) Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia.
b) Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
c) Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumpla con los requisitos del apartado b).
2. La condición para ser entidad beneficiaria deberá mantenerse hasta finalizada la liquidación de la inversión objeto de subvención.
3. Si durante la ejecución de la inversión y hasta que finalicen las actuaciones de control se produjese una operación de fusión, escisión y aportación o transmisión de rama de actividad de la que sea objeto cualquier entidad beneficiaria, la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad, mantendrá los derechos y obligaciones adquiridos previamente para la ejecución de la inversión siempre que se cumplan los criterios para mantener la condición de beneficiaria.
Entre las acciones subvencionables se encuentran las siguientes categorías:
a) Investigación y desarrollo.
b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización.
c) Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda.
d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.
El trámite para solicitar las subvenciones se realizarán de forma telemática a través de FB mediante el formulario correspondiente, junto al resto de documentación, realizándose conforme a las instrucciones y modelos, siendo obligatorio su uso, establecidos a efecto disponibles en la página web de la FB.
La convocatoria estará abierta desde el día 10 de abril hasta el 10 de junio de 2024.
Para más información se puede consultar los siguientes enlaces:
Orden TED/167/2024
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