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11/11/2022
Nuevo impuesto sobre los residuos en vertederos
La ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire considera la gran mayoría de equipos eléctricos como actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera tal y como se recopila en el Anexo IV. Como consecuencia de ello, la Ley 7/2022 establece la regulación de un Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos así como la incineración y coincineración de estos residuos.
Con este impuesto, ya presente en la mayoría de comunidades autónomas, se pretende lograr una armonización conjunta. Además, con ello se espera regular todas las operaciones de gestión de los residuos independientemente de la titularidad, ya sea pública o privada.
Este importe se depositará durante la entrega del residuo en los vertederos, bien sea para su eliminación o la valorización energética en las instalaciones destinadas para ello. En esta cuota se incluye la base imponible (dependiente del peso del residuo) y el tipo impositivo (varía en función del tipo de instalación de tratamiento y tipo de residuo).
En la Ley 7/2022 se establece la prohibición de destruir o eliminar mediante el depósito de los productos no perecederos y no vendidos en los vertederos. Entre ellos se incluyen los juguetes y aparatos eléctricos, ya que en primer lugar deberán destinarse a canales de reutilización y/o donación.
La recogida de los residuos independientemente del tipo de valorización o si está destinado a la eliminación, deberá de realizarse de forma separada como consecuencia de las diferentes propiedades que tienen los materiales y si se trata de residuos peligrosos o no peligrosos.
Con este nuevo impuesto se pretende fomentar la prevención así como la reutilización y reciclado de los residuos. Al mismo tiempo que se arraiga en la educación ambiental de todas las partes implicadas, reduciendo el volumen depositado en los vertederos a la vez que se aprovecha al máximo el uso de los aparatos eléctricos y electrónicos.
Para más información podéis consultar el siguiente enlace:
Con este impuesto, ya presente en la mayoría de comunidades autónomas, se pretende lograr una armonización conjunta. Además, con ello se espera regular todas las operaciones de gestión de los residuos independientemente de la titularidad, ya sea pública o privada.
Este importe se depositará durante la entrega del residuo en los vertederos, bien sea para su eliminación o la valorización energética en las instalaciones destinadas para ello. En esta cuota se incluye la base imponible (dependiente del peso del residuo) y el tipo impositivo (varía en función del tipo de instalación de tratamiento y tipo de residuo).
En la Ley 7/2022 se establece la prohibición de destruir o eliminar mediante el depósito de los productos no perecederos y no vendidos en los vertederos. Entre ellos se incluyen los juguetes y aparatos eléctricos, ya que en primer lugar deberán destinarse a canales de reutilización y/o donación.
La recogida de los residuos independientemente del tipo de valorización o si está destinado a la eliminación, deberá de realizarse de forma separada como consecuencia de las diferentes propiedades que tienen los materiales y si se trata de residuos peligrosos o no peligrosos.
Con este nuevo impuesto se pretende fomentar la prevención así como la reutilización y reciclado de los residuos. Al mismo tiempo que se arraiga en la educación ambiental de todas las partes implicadas, reduciendo el volumen depositado en los vertederos a la vez que se aprovecha al máximo el uso de los aparatos eléctricos y electrónicos.
Para más información podéis consultar el siguiente enlace:
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